Al igual que en el RDL 18/2026 para el tramo de ayudas de julio, agosto y septiembre, la cuantía total de la ayuda se compone de dos vías:

• Rebaja del Impuesto sobre Hidrocarburos: Se aplica de forma directa al repostar en las gasolineras (regulada en los artículos 13, 14 y 15), el cual está vinculado al IPC del gasóleo.
• Ayuda directa por litro de gasóleo consumido: Su cuantía se calcula a través de la herramienta de gasóleo profesional (regulada en el artículo 28).

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