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Orden ESS/1452/2016, 10 de Junio, por la que se regula el modelo de diligencia de actuación de las I

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha aprobado la Orden ESS/1452/2016, 10 de Junio, por la que se regula el modelo de diligencia de actuación de las Inspección de Trabajo y Seguridad Social, publicada en el día de ayer en el BOE. Dicha orden elimina definitivamente el 'libro de visitas de la inspección de Trabajo y la Seguridad Social', tanto en formato papel como en formato electrónico, y que debían conservar las compañías con las inspecciones de Trabajo recibidas. La orden, publicada Boletín Oficial del Estado (BOE), recoge el nuevo modelo para la extensión de las diligencias realizadas por los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con ocasión de sus actuaciones realizadas en los centros de trabajo o en comparecencia de las empresas en las oficinas de la Inspección. De acuerdo con la citada orden, los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los Subinspectores de trabajo con ocasión de cada inspección deberán extender una diligencia sobre tal actuación, reflejando las materias objeto o aspectos examinados y demás incidencias. La diligencia se extenderá en el modelo previsto en el anexo de la Orden. Copia de dicha diligencia se remitirá o entregará a la empresa, otra copia de la misma, si procede, a los delegados de prevención si los hubiera, quedando otra copia en poder del funcionario actuante para su posterior archivo. El ejemplar de diligencia entregado o remitido a la empresa deberá ser conservado a disposición de la inspección de trabajo por un plazo de cinco años a contar desde la fecha su expedición. Para más información os adjunto la Orden ESS/1452/2016.

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