La banca y las energéticas ya saben cuándo deben empezar a pagar los nuevos impuestos extraordinarios aprobados por el Gobierno y convalidados por ambas Cámaras a finales del año pasado: a partir del próximo mes de febrero que, de acuerdo con el calendario publicado por la Agencia Tributaria, será entre el 1 y el 20 de febrero -con domiciliación bancaria del 1 al 15- cuando pueden presentar en formato electrónico los modelos 796 para el pago anticipado del gravamen temporal energético y 798 para el nuevo impuesto de las entidades de crédito y establecimientos financieros.

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