La sede de AEESCAM acogió ayer un seminario informativo en el que se abordó la actualidad normativa que afecta a las Estaciones de Servicio tras la aprobación de la Ley 11/2013. Para ello se contó con la presencia de expertos del Gabinete de Abogados Aguayo que se encargaron de resolver dudas a los asistentes sobre los cambios que va a introducir esta nueva legislación.

La jornada la inauguró Víctor García Nebreda, secretario general de AEESCAM, quien aseguró que esta ley “ha salido de una forma sorprendente, de un día para otro, sin saberse muy bien de dónde viene. Fue un capricho por regular el sector que posiblemente no vaya a conseguir mejorar nada sino empeorar muchas cosas. Dará muchos problemas judiciales”.

La Ley 11/2013 parte del Decreto Ley 4/2013 aprobado este mismo año en el que ya se establecían unas premisas de cambios normativos de carácter temporal. Sin embargo, esas premisas han adquirido ahora el carácter de norma, lo cuál las convierte en inamovibles si no es recurrida. El Gobierno de Cataluña había recurrido anteriormente el decreto ley en el que esta ley se basa, pero se desconoce si llegaron a ampliar su recurso por lo que no se sabe si llegará a paralizarse esta nueva legislación. Cabe destacar que ayer era el último día útil para presentar dicho recurso.

Los principales aspectos que se verán afectados será las condiciones requeridas para la implantación de nuevos puntos de suministro, las limitaciones en cuanto a tiempos de contrato con las petroleras y la forma de fijación de precios. La abogada María Spottorno aclaraba estos puntos: “La ley introduce un artículo que dice que todos los contratos de suministro realizados a partir de la nueva ley no deben tener ninguna cláusula que fije el precio de venta al público ni directa ni indirectamente, sin permitir que la petrolera llegue a fijar ese precio de venta al público. Eso lleva a que no puedan existir casi con totalidad los contratos de subvención. Y por otro lado los contratos van a tener el plazo máximo de duración de 1 año, que se podrá prorrogar 2 años más si así lo decide el empresario, pero la petrolera no podrá intervenir en ningún caso”.

José Ángel Castillo, también abogado, destacaba que esta ley busca “defender el interés nacional, bajar precios, abrir competencias, aunque veremos si se consigue o no se consigue”. Le legislación dice que se pueden establecer nuevas estaciones de suministro en las mismas zonas que antes (estaciones de ITV, centros comerciales, parques comerciales…) y que además el otorgamiento de la licencia urbanística correspondiente es de por sí suficiente para amparar la licencia de instalación. "La norma procura terminar con que cada ayuntamiento haga lo que quiera”.

Entre los asistentes se despertaba la preocupación de que con esta nueva ley, vaya a ser muy complicado que una petrolera ayude a alguien a montar una estación de servicio. “Esto hará además que las grandes petroleras estén por delante de las pequeñas, lo cuál es contrario a la ley de competencia”, aseguraba uno de los asistentes a las Jornadas. Las compañías afectadas tienen una doble limitación: no aumentar las estaciones de servicio que poseen y prohibición de hacer nuevos contratos. No se pueden crear nuevos contratos de abanderamiento en exclusiva, sólo renovar, y no puedes incrementar el nº de puntos. Puedes comprar otra o arrendarla, pero con un contrato de máximo 1 año. Y por otro lado se les dice a las petroleras que comuniquen los precios de venta al público de cada una de las petroleras que abanderan, cuando a la vez se les prohíbe que controlen el precio de esas estaciones de servicio, por lo que se da una contradicción.

La confusión que la Ley 11/2013 ha generado en el sector es máxima y muchos de los empresarios aún no saben qué cambios van a atener que realizar y en qué medida van a verse afectados. Sin embargo, en enero tendrán que comunicar los sus nuevos precios y tienen de plazo hasta el 2 de julio de 2014 para adaptarse a la nueva normativa.

César Dezfuli