AEVECAR, CCOO de Industria y UGT FICA han alcanzado un preacuerdo sobre el convenio colectivo que regulará las condiciones laborales de los cincuenta mil trabajadores y trabajadoras que están empleados de Estaciones de Servicio. Tras días de intensas reuniones, se ha acordado que durante los tres años de vigencia, los salarios subirán un mínimo del 9%. Incluye una cláusula de revisión salarial y se incrementan los pluses.

Entre los principales puntos a destacar señalamos, además de los tres años de vigencia, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024, que los incrementos salariales se distribuyen en las cantidades y periodos: de un 5% para 2022, con efectos retroactivos y, por tanto, pago de atrasos desde el 1 de enero y para 2023, el incremento mínimo será del 2% y para 2024 del 2%.

Además se incluye una cláusula de revisión anual al 75% del IPC real. En caso de que opere la cuantía, se aplicará a las tablas definitivas de cada año y se pagarán los atrasos correspondientes con carácter retroactivo a 1 de enero de cada año.

Otros puntos acordados son:

  • - La incorporación de la ultractividad indefinida para garantizar que el convenio se mantiene vigente con independencia del tiempo de negociación, en línea con la reforma laboral.
  • - Ampliación del ámbito funcional. El convenio afectará a las empresas de suministros de carburantes y combustibles líquidos y a las de cualquier otro tipo de suministros a vehículos.
  • - Eliminación de la categoría del expendedor/a e incorporación de la de xpendedor/a-vendedor/a.
  • - Plus de transporte (Distancia). Se incrementa un 10% a partir del 1 de enero de 2023 y otro 10% en enero de 2024. Actualmente el plus se compensa con 0,10 euros por kilómetro entre el domicilio y el centro de trabajo (ida y vuelta).
  • - Plus festivo. El importe, a partir de 2022, será de 35 euros por jornada (es de 31,5 euros).
  • - El importe del complemento de trabajo nocturno correspondiente a la hora nocturna realizada entre las 22:00 y las 23:00 se compensará con el 20%, 25% y 30%, en los años 2022, 2023 y 2024, respectivamente, del salario base día, en la proporción correspondiente (actualmente se compensa con el 15%).
  • - Compensación mínima en todas las empresas del sector de 25 euros mensuales por realizar voluntariamente trabajos de limpieza de servicios y de jardinería. Se respetan los pactos de mejora existentes o que se pudieran pactar a nivel de empresa.
  • - Quebranto de moneda. El importe será de 620 y de 648 euros anuales, para 2022 y 2023 respectivamente (El importe del expendedor/a pasa de 462 euros a 648 en 2023, al desaparecer esta categoría e incorporarse a la de expendedor/a-vendedor/a).
  • - Los días de licencia o permisos retribuidos empezarán a computar a partir del primer día laborable y no natural. Además, en los casos de hospitalización, enfermedad grave, etc…de familiares, la persona trabajadora podrá utilizar estos días de forma discontinua, siempre que persista el hecho causante.
  • - Primas por jubilación anticipada. Se adecuarán las edades a la situación legal actual de la jubilación: 63, 64, 65 y 66 años, y 11.000, 10.000, 9.000 y 8.000 litros respectivamente. Sin perjuicio de valorar o analizar otras fórmulas.
  • - Adecuación técnica del convenio y lenguaje inclusivo. En igual medida, las partes revisarán el resto de redactados al objeto de acordar aquellas materias en las que exista un acercamiento previo.
  • - Comisión de clasificación profesional. Creación de una comisión de trabajo de clasificación profesional, al objeto de analizar la adaptación y modernización de la clasificación profesional existente, durante la vigencia del convenio.

Este acuerdo debe ser ratificado por CEEES antes del 19 de diciembre pero por ahora desconvoca la huelga anunciada por los sindicatos y que comenzaba el viernes 2 de diciembre.